Jorge Pinto

Jorge Pinto

Director General del Diario Acontecer Chiapaneco.

Sentencian a 30 años de prisión a sujeto por violación y pederastia en Chiapas                  

 

Tuxtla Gutiérrez, 23 de Mayo del 2017. - La Fiscalía General del Estado (FGE), informó que el Juez de Control y Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Tonalá dictó sentencia condenatoria en contra de Manuel de Jesús Orozco Cruz por los delitos de violación y pederastia por hechos ocurridos el cuatro de septiembre de 2016 en el municipio de Pijijiapan.

 

Lo anterior, luego que la autoridad judicial analizara todas las pruebas que fueron presentadas por el Fiscal del Ministerio Publico, y dictaminó sentenciar al procesado a una pena de 30 años de prisión.

 

En su momento, la Fiscalía de Distrito Istmo Cosa dio a conocer sobre el inicio de la carpeta de investigación 086-0069-0709-2016 por los delitos de violación y pederastia.

 

De acuerdo a las investigaciones, la menor de 12 años se encontraba en su domicilio ubicado en Pijijiapan, cuando su padre abusó sexualmente de ella.

 

Por lo anterior, las autoridades locales derivado de diversas diligencias lograron acreditar la responsabilidad del imputado en este hecho delictivo.

 

 

Actualmente, Manuel de Jesús Orozco Cruz se encuentra recluido en el Centro de Reinserción Social para Sentenciados con sede en Tonalá, donde cumplirá la sentencia en su contra.

Se refuerzan Operativos de Despolarización en SCLC

·         Son instrucciones del Alcalde Sancristobalense reforzar los operativos que van en función al ordenamiento urbano y prevención del delito


Por instrucciones del Presidente Municipal de San Cristóbal de Las Casas Marco Antonio Cancino González y con el objetivo de prevenir el delito, reforzar y garantizar la seguridad de los Sancristobalenses y turistas que visitarán la ciudad, Elementos de la Dirección de Movilidad Urbana, refuerza, desde este lunes, diversos operativos permanentes en diferentes puntos de la ciudad.


El responsable de esta dependencia Juan Carlos Reyes Castellanos, informó que entre las acciones que se realizan, está la despolarización de vehículos, de transporte local, transporte público, carros particulares, entre otros. "Se realizan operativos para quitar estos dispositivos y en caso de que el propietario no acceda a retirar el polarizado, se le multará conforme a la Ley".


Afirmó que también se lleva a cabo el programa de revisión a vehículos sin placas, ya que hay un sinnúmero de ellos transitando por la ciudad. "En lo que respecta a motocicleta, se tiene un padrón de más de 10 mil en el municipio, y muchas de ellas no se encuentran emplacadas, por lo que se revisarán para conocer su estado legal; quienes no cuenten con placas de circulación, se les multará".


Refirió que en las calles del centro histórico se están haciendo barridos para retirar obstáculos que la gente coloca para apartar espacios,  “la ciudadanía utiliza sillas, mesas, cajas, blocks de cemento, entre otros, para estacionar sus vehículos, pero eso está prohibido; tampoco se permitirá  estacionarse a particulares en áreas de ascenso y descenso del transporte público".

 

Otro de los programas a ponerse en marcha, dijo, es el de la descacharrización de vehículos abandonados en la vía pública,  por lo que ya iniciaron con el retiro de los vehículos que se encuentran abandonados en diferentes partes de la ciudad.

 

“Son instrucciones del Alcalde Sancristobalense Marco Antonio Cancino González reforzar los operativos que van en función al ordenamiento urbano y prevención del delito, por ello, los diferentes operativos en la ciudad, que en conjunto con la Policía Estatal, se están llevando a cabo”, aseveró.

 

 

El Funcionario Municipal exhortó a los propietarios de talleres mecánicos, o aquellos  propietarios de negocios que realicen reparaciones en la vía pública, como  los de hojalatería, a no hacerlo, ya que se les retirará del lugar y se les aplicará la sanción correspondiente.

Obra en construcción que no esté en regla será apercibida y sancionada: Lazo Custodio

·         Las infracciones serán sanciones con: multa, revocación de la licencia para la ejecución de la obra, suspensión de la obra; clausura de la obra; arresto por 36 horas

 

Con el objetivo de lograr un ordenamiento tangible en materia de construcción así como de la invasión en la vía pública y el control de la publicidad en general, la Dirección de Desarrollo Urbano Estratégico, inició desde este lunes procedimientos administrativos para las diversas autorizaciones, sanciones y posteriormente multas por el desacato a la Autoridad Municipal, de conformidad a lo establecido en el Reglamento de Construcciones para la ciudad, así también de la Ley de Ingresos Ejercicio Fiscal 2017.

 

Joel Alejandro Lazo Custodio, Director de la dependencia mencionó que por instrucciones del Alcalde de la Ciudad, Marco Antonio Cancino González, cuadrillas de dicha área, iniciaron desde este lunes, el reforzamiento de vigilancia en los cuatro cuadrantes de la ciudad así como en la zona centro para detectar construcciones en predios no autorizados o que no presenten licencia de construcción.

 

“La Dirección ejercerá las funciones de vigilancia e inspección que correspondan y en las condiciones que juzgue pertinentes, de conformidad Joel Alejandro Lazo Custodio con lo previsto en este ordenamiento, de lo anterior de conformidad con el artículo 47 al 54 del Reglamento de construcciones para el Municipio de San Cristóbal de Las Casas”, explicó.

 

Dijo que de toda visita se levantará acta circunstanciada, donde el servidor público deberá dejar constancia de la misma para conocimiento del infractor, donde expresará, de manera escrita, el lugar, fecha y nombre de las personas con quien se practicó la diligencia, así como el resultado de la misma; el acta deberá ser firmada por el inspector, por la persona con quien se entendió la diligencia y los testigos.

 

Comentó que en caso de la persona con quien se entendió la diligencia se negase a firmar, el acta correspondiente, se hará constar tal circunstancia.  Al término de la diligencia se deberá dejar al interesado copia legible de dicha acta, por lo cual la Dirección notificará a los infractores en plazo no mayor a 5 días hábiles, cuando así procediere, las irregularidades o violaciones en que hubiere incurrido, otorgándoles un término que podrá variar de 24 horas a 30 días naturales según la urgencia o gravedad del caso, a fin de que sea corregida.

 

“Por desacato a la Autoridad Municipal se procederá a las siguientes sanciones: los propietarios o poseedores serán los únicos responsables de su cumplimiento.  Cuando se incurra en una violación, a las disposiciones legales aplicables, comprobada en la visita de inspección, la Dirección impondrá las sanciones correspondientes, previstas por la Ley y por el propio Reglamento”, comentó.

 

Añadió que de las sanciones que se impongan serán independientes de las medidas de seguridad que ordene la Dirección. “En los casos previstos, de acuerdo a lo que establece el artículo 55 a 66 del Reglamento en cita, mismas podrán ser impuestas conjunta o separadamente a los propietarios o poseedores del inmueble”.

 

Para fijar y proceder a las sanciones, la Dirección deberá tomar en cuenta las condiciones personales del infractor, la gravedad de la infracción, las modalidades y demás circunstancias en que la misma se haya cometido, por lo cual las infracciones serán sanciones con: 1.- multa, 2.- revocación de la licencia para la ejecución de la obra, 3.- suspensión de la obra; 4.- clausura de la obra; 5.- arresto por 36 horas.

 

“Se sancionará al propietario o poseedor del inmueble con multa de: 1 hasta 10 veces el salario mínimo vigente de la zona: cuando se invada con materiales, ocupen o usen la vía pública o cuando hagan cortes o excavaciones en aceras, arroyos y guarniciones sin haber obtenido, previamente el permiso correspondiente.

 

Asimismo cuando obstaculicen las funciones de los inspectores, señaladas en el capítulo V, visitas de inspección; cuando realicen excavaciones u otras obras, que afecten la estabilidad del propio inmueble o de las edificaciones de vecinos o de la vía pública.

 

De igual manera al infractor reincidente se le aplicará el doble de la sanción que le hubiere sido impuesta. Para los efectos de este reglamento se considera reincidente al infractor que incurra en otra falta igual a aquella por la que hubiere sido sancionado con anterioridad, durante el término de un año.